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Concesión de subvenciones a los ayuntamientos metropolitanos para la redacción de planes de movilidad urbana sostenible o de estudios de movilidad urbana sostenible dentro del ámbito territorial del área metropolitana de Barcelona. (Exp.904300/2026).

ÀREA METROPOLITANA DE BARCELONA · AREA METROPOLITANA DE BARCELONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de concesión directa impulsada por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), dirigida a financiar la elaboración de planes de movilidad urbana sostenible o de los estudios técnicos previos que sirven de base para redactarlos. La dotación asignada asciende a 150.000 euros y se enmarca dentro de las prestaciones económicas que la entidad supramunicipal destina a reforzar la planificación de la movilidad en su ámbito territorial.

02

Para quién

Pueden acceder los ayuntamientos que forman parte del área metropolitana de Barcelona, en su condición de personas jurídicas sin actividad económica, siempre que necesiten redactar su propio plan o estudio de movilidad.

03

Qué cubre

La ayuda cubre los costes de redacción del plan de movilidad urbana sostenible o, en su defecto, del estudio de movilidad urbana sostenible que le sirva de antecedente, mediante una entrega dineraria directa sin contraprestación para el ayuntamiento beneficiario.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta del 10 al 30 de julio de 2026. La solicitud se tramita directamente ante el Área Metropolitana de Barcelona, conforme a las bases reguladoras de este expediente (904300/2026).

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 150.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder los ayuntamientos que forman parte del área metropolitana de Barcelona, en su condición de personas jurídicas sin actividad económica, siempre que necesiten redactar su propio plan o estudio de movilidad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo no está confirmado; el procedimiento que describen las bases es este: La solicitud se tramita directamente ante el Área Metropolitana de Barcelona, conforme a las bases reguladoras de este expediente (904300/2026).