Cerrada Hasta 01 ago 2026

Ayudas regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, 2026

DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA · PAÍS VASCO · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco para respaldar a quienes producen bajo regímenes de calidad reconocidos, como denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas o producción ecológica. Se resuelve en concurrencia competitiva, comparando las solicitudes entre sí hasta agotar el presupuesto, que este ejercicio asciende a 60.000 euros. Se acoge al régimen de minimis agrícola, como ayuda de Estado de cuantía limitada.

02

Para quién

Pueden acogerse pequeñas y medianas empresas y personas físicas del sector agroalimentario vasco que ejerzan actividad económica y participen en algún régimen de calidad certificado para sus productos.

03

Qué cubre

La ayuda se otorga como subvención directa, sin contrapartida, y está pensada para cubrir parte de los costes de mantener la certificación de calidad de productos agrícolas y alimenticios, dentro del ámbito de la agricultura, la pesca y la alimentación.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud está abierto desde el 2 de julio hasta el 1 de agosto de 2026, a través de los canales que habilita el Gobierno Vasco conforme a la orden reguladora.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 01 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 60.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acogerse pequeñas y medianas empresas y personas físicas del sector agroalimentario vasco que ejerzan actividad económica y participen en algún régimen de calidad certificado para sus productos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.