Abierta Cierra en 38 días · 02 oct 2026

Convocatoria Concesión Subvención Fomento Auto Ocupación 2026 (autónomos)

AYUNTAMIENTO DE PALLEJÀ · PALLEJÀ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una línea de ayudas del Ayuntamiento de Pallejà (Barcelona) pensada para dar un empujón económico a quienes inician o consolidan su actividad como autónomos en el municipio. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y puntúan entre sí hasta agotar el crédito disponible. La ayuda se concede como una aportación dineraria directa, sin contraprestación, de hasta 4.000 euros por persona beneficiaria.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas y pequeñas y medianas empresas que ya desarrollan una actividad económica por cuenta propia dentro del término municipal de Pallejà, con independencia del sector en el que trabajen.

03

Qué cubre

Financia el impulso de la actividad por cuenta propia mediante una aportación económica directa, no vinculada a la entrega de un bien o servicio a cambio, dentro de las políticas municipales de fomento del empleo recogidas en sus bases reguladoras.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto desde el 6 de julio hasta el 2 de octubre de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Pallejà siguiendo lo establecido en sus bases reguladoras específicas.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 02 oct 2026, es decir, quedan 38 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 4.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas y pequeñas y medianas empresas que ya desarrollan una actividad económica por cuenta propia dentro del término municipal de Pallejà, con independencia del sector en el que trabajen. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud está abierto desde el 6 de julio hasta el 2 de octubre de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Pallejà siguiendo lo establecido en sus bases reguladoras específicas.