Abierta Cierra en 390 días · 15 oct 2027

Ajuts per compensar la paralització temporal d'activitats pesqueres 2026 (FEMPA)

DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una línea de ayudas del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació de la Generalitat de Catalunya, encuadrada en el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), pensada para compensar económicamente a la flota pesquera catalana durante los periodos de paralización temporal de su actividad, ya sea por vedas biológicas o por planes de gestión. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 1.046.100 euros.

02

Para quién

Pueden solicitarla los pescadores y pescadoras, tanto autónomos como pequeñas empresas, que estén enrolados en una embarcación de pesca catalana y vean su actividad detenida durante el periodo de parada.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como entrega dineraria directa, sin contraprestación, para compensar la pérdida de ingresos durante los días de paralización de la actividad pesquera, dentro del apoyo al sector agrícola, pesquero y alimentario catalán.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta desde julio de 2026 hasta octubre de 2027; conviene revisar las bases reguladoras para conocer el plazo exacto de cada periodo y presentar la solicitud ante el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Pesca y acuicultura

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2027, es decir, quedan 390 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.046.100 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla los pescadores y pescadoras, tanto autónomos como pequeñas empresas, que estén enrolados en una embarcación de pesca catalana y vean su actividad detenida durante el periodo de parada. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta desde julio de 2026 hasta octubre de 2027; conviene revisar las bases reguladoras para conocer el plazo exacto de cada periodo y presentar la solicitud ante el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació.