Cerrada Hasta 03 ago 2026

Resolución de 30 de junio de 2026, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la financiación del Programa Público Mixto de Empleo-Formación en Castilla y León para el ejercicio 2026-2027.

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para financiar el Programa Mixto de Empleo-Formación en la comunidad durante 2026 y 2027, que combina la contratación de personas desempleadas con su formación profesional simultánea. La convocatoria se resuelve en concurrencia competitiva, es decir, los proyectos presentados se valoran y puntúan entre sí antes de repartir el presupuesto. La dotación total asciende a algo más de 23,2 millones de euros para todo el territorio autonómico.

02

Para quién

Pueden optar entidades sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas que no ejercen actividad económica, como ayuntamientos, mancomunidades, fundaciones o asociaciones que quieran promover un proyecto formativo en su localidad.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como subvención directa, sin contraprestación, y cubre los costes de poner en marcha un proyecto mixto de empleo y formación: contratación del alumnado trabajador, del personal docente y de dirección, y los medios para impartir la formación mientras se ejecutan obras o servicios de utilidad pública.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto desde el 7 de julio hasta el 3 de agosto de 2026. La solicitud se presenta ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León conforme a lo establecido en la orden de bases (IEM/999/2025).

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 03 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 23.254.803 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar entidades sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas que no ejercen actividad económica, como ayuntamientos, mancomunidades, fundaciones o asociaciones que quieran promover un proyecto formativo en su localidad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se presenta ante el Servicio Público de Empleo de Castilla y León conforme a lo establecido en la orden de bases (IEM/999/2025).