Abierta Cierra en 115 días · 18 dic 2026

Séptima Convocatoria Concesión de Subvenciones Destinadas a las Prestaciones Económicas Individualizadas en Materia de Servicios Sociales (peiss) Ejercicio 2026.

AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT · BURJASSOT · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es la séptima convocatoria de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales (PEISS) que impulsa el Ayuntamiento de Burjassot para el ejercicio 2026. Funciona como una subvención de concesión directa, sin proceso de concurrencia competitiva, resuelta caso por caso según la valoración técnica de cada situación. La partida destinada a estas ayudas asciende a 212.573,85 euros y se gestiona desde los servicios sociales del propio ayuntamiento.

02

Para quién

Van dirigidas a personas físicas empadronadas en Burjassot que no desarrollan actividad económica y atraviesan una situación de necesidad social que requiere un apoyo económico puntual por parte del consistorio.

03

Qué cubre

Financian prestaciones económicas individualizadas dentro del área de servicios sociales y promoción social: ayudas dinerarias directas, sin contraprestación, pensadas para cubrir necesidades básicas o situaciones de vulnerabilidad detectadas por los equipos de trabajo social del municipio.

04

Cómo se pide

La convocatoria de este ejercicio permanece abierta hasta el 18 de diciembre de 2026, salvo agotamiento previo del crédito. La solicitud se tramita presencialmente en los servicios sociales del Ayuntamiento de Burjassot.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades de servicios sociales sin a…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 18 dic 2026, es decir, quedan 115 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 212.574 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Van dirigidas a personas físicas empadronadas en Burjassot que no desarrollan actividad económica y atraviesan una situación de necesidad social que requiere un apoyo económico puntual por parte del consistorio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria de este ejercicio permanece abierta hasta el 18 de diciembre de 2026, salvo agotamiento previo del crédito. La solicitud se tramita presencialmente en los servicios sociales del Ayuntamiento de Burjassot.