Abierta Cierra en 89 días · 18 dic 2026

Cuarta Convocatoria Concesión de Subvenciones Destinadas a las Prestaciones Económicas Individualizadas en Materia de Servicios Sociales (peiss) Ejercicio 2026.

AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT · BURJASSOT · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Es la cuarta convocatoria del Ayuntamiento de Burjassot para conceder prestaciones económicas individualizadas en materia de servicios sociales (PEISS), correspondiente al ejercicio 2026. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total de 270.727,79 euros. Su finalidad es atender necesidades de servicios sociales y promoción social de personas en situación de dificultad, según lo dispuesto en la ordenanza municipal que regula estas ayudas.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y que se encuentran en el ámbito de actuación de los servicios sociales municipales de Burjassot (incluye situaciones relacionadas con educación, según los sectores del registro).

03

Qué cubre

Prestaciones económicas individualizadas para atender necesidades en materia de servicios sociales; el registro no detalla el importe que corresponde a cada persona beneficiaria, solo la dotación total de la convocatoria (270.727,79 €). Los conceptos y cuantías concretas los fija la ordenanza reguladora de las PEISS.

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Cómo se pide

El plazo de solicitud finaliza el 18 de diciembre de 2026, según consta en el registro; la fecha de apertura no está detallada. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Burjassot, con la documentación que exige la ordenanza reguladora de las PEISS.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades de servicios sociales sin a…Educación

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 18 dic 2026, es decir, quedan 89 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 270.728 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y que se encuentran en el ámbito de actuación de los servicios sociales municipales de Burjassot (incluye situaciones relacionadas con educación, según los sectores del registro). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud finaliza el 18 de diciembre de 2026, según consta en el registro; la fecha de apertura no está detallada. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Burjassot, con la documentación que exige la ordenanza reguladora de las PEISS.