Abierta Cierra en 128 días · 31 dic 2026

Convocatoria para la concesión de incentivos a las empresas y nuevos emprendedores para la promoción del empleo, año 2026.

AYUNTAMIENTO DE CONSTANTÍ · CONSTANTÍ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas municipales del Ayuntamiento de Constantí (Tarragona) dirigida a reactivar el empleo local mediante incentivos económicos directos a empresas y personas que decidan emprender. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios de las bases, y cuenta con una dotación total de 44.000 euros para el ejercicio 2026.

02

Para quién

Pueden optar tanto pymes y autónomos que ya desarrollan actividad económica como personas físicas o jurídicas que todavía no la desarrollan y quieren dar el paso de emprender, así como empresas de mayor tamaño con proyectos que generen empleo en el municipio.

03

Qué cubre

La ayuda consiste en una subvención directa, a fondo perdido y sin contraprestación, pensada para incentivar la contratación y reducir el desempleo en Constantí. No financia formación ni inversión en general, sino que premia específicamente la creación de puestos de trabajo o el inicio de nuevos negocios.

04

Cómo se pide

Las bases no fijan fecha de apertura, aunque la convocatoria permanece activa hasta el 31 de diciembre de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Constantí conforme al procedimiento y la documentación de las bases reguladoras.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades relacionadas con el empleo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 128 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 44.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar tanto pymes y autónomos que ya desarrollan actividad económica como personas físicas o jurídicas que todavía no la desarrollan y quieren dar el paso de emprender, así como empresas de mayor tamaño con proyectos que generen empleo en el municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Las bases no fijan fecha de apertura, aunque la convocatoria permanece activa hasta el 31 de diciembre de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Constantí conforme al procedimiento y la documentación de las bases reguladoras.