Cerrada Hasta 20 jul 2026

Difusión Actividades Culturales en el Exterior 2026

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE · PAÍS VASCO · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de ayudas del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua, organismo del Gobierno Vasco encargado de proyectar la cultura y la lengua vascas más allá de sus fronteras. Funciona en régimen de concurrencia competitiva: los proyectos se comparan entre sí antes de repartir el crédito disponible, que asciende a 50.000 euros en esta edición. Busca reforzar la presencia de la creación vasca en circuitos culturales internacionales, con especial atención a Francia y Navarra.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas y entidades sin actividad económica que impulsen proyectos culturales, así como pymes y autónomos que trabajen profesionalmente en creación artística, artes escénicas, museos, archivos o bibliotecas.

03

Qué cubre

La ayuda financia la difusión en el exterior de actividades culturales vascas del ámbito de la creación artística y las artes escénicas, y de museos, archivos y bibliotecas, mediante una entrega dineraria directa sin contraprestación.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud permanece abierto hasta el 20 de julio de 2026. La petición se tramita ante el Instituto Vasco Etxepare conforme a las bases publicadas en el BOPV del 19 de junio de 2026.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de creación artística y art…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 20 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas y entidades sin actividad económica que impulsen proyectos culturales, así como pymes y autónomos que trabajen profesionalmente en creación artística, artes escénicas, museos, archivos o bibliotecas. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.