Abierta Cierra en 441 días · 15 nov 2027

Convocatoria de Subvenciones en Régimen de Evaluación Individualizada, Destinada a Familias para Sufragar Gastos Educativos Curso 2026-2027

AYUNTAMIENTO DE CIZUR · CIZUR · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de ayudas económicas impulsada por el Ayuntamiento de Cizur, en Navarra, pensada para aliviar el gasto que supone escolarizar a los hijos e hijas durante el curso 2026-2027. Se tramita en régimen de concesión directa, sin concurrencia competitiva entre solicitantes, y cuenta con una dotación municipal de 30.000 euros para repartir entre las familias que cumplan los requisitos de las bases reguladoras.

02

Para quién

Pueden acogerse a esta ayuda las familias del municipio, es decir, personas físicas que no ejercen actividad económica y que tengan hijos o hijas matriculados en el curso 2026-2027.

03

Qué cubre

La subvención se concede como entrega dineraria directa, sin contraprestación, destinada a sufragar gastos educativos del curso: material escolar, cuotas u otros costes derivados de la escolarización, según detallen las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

El plazo para solicitarla permanece abierto hasta el 15 de noviembre de 2027. La solicitud se presenta en el Ayuntamiento de Cizur, siguiendo el procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras de la convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 nov 2027, es decir, quedan 441 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 30.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acogerse a esta ayuda las familias del municipio, es decir, personas físicas que no ejercen actividad económica y que tengan hijos o hijas matriculados en el curso 2026-2027. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para solicitarla permanece abierto hasta el 15 de noviembre de 2027. La solicitud se presenta en el Ayuntamiento de Cizur, siguiendo el procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras de la convocatoria.