Abierta Cierra en 97 días · 30 nov 2026

Bases que Han de Regir la Concesion de Subvenciones en Regimen de Concesión Directa para Favorecer la Conciliación Familiar, Personal y Laboral en el Municipio de Cáceres Año 2026

INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS SOCIALES · CÁCERES · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas del Instituto Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres, tramitada en régimen de concesión directa, con una dotación total de 48.500 euros para el ejercicio 2026. El objetivo es aliviar económicamente a quienes deben compatibilizar responsabilidades familiares, laborales y personales, dentro de las políticas municipales de servicios sociales y promoción social.

02

Para quién

Está pensada para personas físicas empadronadas en Cáceres que no ejerzan actividad económica y que necesiten conciliar el cuidado de hijos, mayores o personas dependientes a su cargo con su trabajo o su vida diaria.

03

Qué cubre

Se trata de una entrega dineraria directa, sin contraprestación, destinada a compensar los gastos derivados de la conciliación familiar: cuidado de menores o dependientes, apoyo doméstico u otras necesidades similares que dificultan compatibilizar familia y empleo.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación es el que fijen las bases reguladoras. La solicitud se tramita ante el Instituto Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres, aportando la documentación que acredite la situación familiar y económica del solicitante.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 97 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 48.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Está pensada para personas físicas empadronadas en Cáceres que no ejerzan actividad económica y que necesiten conciliar el cuidado de hijos, mayores o personas dependientes a su cargo con su trabajo o su vida diaria. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación es el que fijen las bases reguladoras. La solicitud se tramita ante el Instituto Municipal de Asuntos Sociales de Cáceres, aportando la documentación que acredite la situación familiar y económica del solicitante.