Cerrada Hasta 17 sept 2026

Resolución de convocatoria para la concesión de ayudas a proyectos del ámbito de los videojuegos, en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones

INSTITUT CATALÀ DE LES EMPRESES CULTURALS (ICEC) · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Institut Català de les Empreses Culturals (ICEC), organismo de la Generalitat de Catalunya, para apoyar proyectos del sector de los videojuegos. Se tramita en concurrencia competitiva y combina dos vías: subvenciones a fondo perdido y aportaciones reintegrables (un anticipo que la empresa devuelve después). La dotación conjunta de esta convocatoria es de 900.000 euros para el total de proyectos seleccionados.

02

Para quién

Empresas de cualquier tamaño (incluidas grandes empresas), pymes y autónomos con actividad económica en edición de programas informáticos o en programación y consultoría informática, siempre que su proyecto sea de desarrollo de videojuegos.

03

Qué cubre

Financia el desarrollo de proyectos de videojuegos mediante dos modalidades combinables: subvención directa a fondo perdido y aportación reintegrable (un anticipo que se devuelve). El registro no detalla el importe máximo por proyecto ni el porcentaje de ayuda.

04

Cómo se pide

Las solicitudes pueden presentarse entre el 9 de julio y el 17 de septiembre de 2026, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases específicas de la convocatoria del ICEC.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Edición de programas informáticosProgramación, consultoría y otras activ…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 17 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 900.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Empresas de cualquier tamaño (incluidas grandes empresas), pymes y autónomos con actividad económica en edición de programas informáticos o en programación y consultoría informática, siempre que su proyecto sea de desarrollo de videojuegos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.