Abierta Cierra en 0 días · 31 ago 2026

Ayudas al alquiler para jóvenes (2026)

AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA · CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda municipal del Ayuntamiento de Castellón de la Plana pensada para aliviar el gasto de alquiler de la vivienda habitual de las personas jóvenes del municipio. Se resuelve en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios de las bases, hasta agotar la dotación disponible. La convocatoria de 2026 cuenta con un crédito global de 405.000 euros para el conjunto de personas beneficiarias.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas), que residan o vayan a alquilar su vivienda habitual en Castellón de la Plana. El rango de edad joven exigido lo concretan las bases reguladoras.

03

Qué cubre

Cubre parte del coste del alquiler de la vivienda habitual en Castellón de la Plana. El importe concreto por solicitante no figura en el registro; la convocatoria dispone de una dotación total de 405.000 euros para el conjunto de personas beneficiarias.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud finaliza el 31 de agosto de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras de la convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES INMOBILIARIAS

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 ago 2026, es decir, quedan 0 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 405.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas), que residan o vayan a alquilar su vivienda habitual en Castellón de la Plana. El rango de edad joven exigido lo concretan las bases reguladoras. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud finaliza el 31 de agosto de 2026. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Castellón de la Plana, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras de la convocatoria.