Cerrada Hasta 15 sept 2026

Ajuts a armadors per compensar la paralització temporal d'activitats pesqueres (FEMPA)

DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda convocada por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña, dirigida a los armadores de embarcaciones de pesca con puerto base catalán que se han visto obligados a detener su actividad de forma temporal. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y cuenta con una dotación de 5.672.665,30 euros destinada a compensar esas paradas de actividad.

02

Para quién

Armadores y armadoras de embarcaciones de pesca con puerto base en Cataluña: tanto pymes como personas físicas que ejercen actividad económica en el sector pesquero y cuya flota se haya visto afectada por una paralización temporal de la actividad.

03

Qué cubre

Compensación económica por la paralización temporal de la actividad pesquera de la embarcación. La dotación global de la convocatoria es de 5.672.665,30 euros; el registro no detalla el importe individual que corresponde a cada armador o armadora.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 15 de septiembre de 2026. La tramitación se dirige al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña, conforme al procedimiento que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Pesca y acuicultura

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 15 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 5.672.665 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Armadores y armadoras de embarcaciones de pesca con puerto base en Cataluña: tanto pymes como personas físicas que ejercen actividad económica en el sector pesquero y cuya flota se haya visto afectada por una paralización temporal de la actividad. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La tramitación se dirige al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Cataluña, conforme al procedimiento que fijen las bases reguladoras.