Abierta Cierra en 117 días · 15 ene 2027

Subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en el Nordeste de Segovia. Mínimis general. Reg.(UE)2023/2831. Resolución del 29/05/2026, del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación de FAFECYL

FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones para el autoempleo en el Nordeste de Segovia, dotado con 155.000€. Convocado por la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo de Castilla y León en régimen de concesión directa. Impulsa la creación y consolidación de actividades económicas autónomas en el territorio especificado, aplicable a personas físicas y pequeñas empresas en sectores administrativos, artísticos, deportivos y de contenidos digitales, conforme a la normativa de ayudas mínimas (Reglamento UE 2023/2831).

02

Para quién

Personas físicas y pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen actividad económica en actividades administrativas, artísticas, deportivas, de entretenimiento, o de edición y distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Apoyo económico al autoempleo y emprendimiento en el Nordeste de Segovia: creación, puesta en marcha y consolidación de nuevas actividades económicas viables.

04

Cómo se pide

Mediante concesión directa conforme a la ORDEN IEM/294/2026. Para conocer los requisitos específicos, plazos y proceso de evaluación, consultar las bases reguladoras en la web de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 ene 2027, es decir, quedan 117 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 155.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas y pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen actividad económica en actividades administrativas, artísticas, deportivas, de entretenimiento, o de edición y distribución de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Mediante concesión directa conforme a la ORDEN IEM/294/2026. Para conocer los requisitos específicos, plazos y proceso de evaluación, consultar las bases reguladoras en la web de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo.