Abierta Cierra en 222 días · 30 abr 2027

Cs Sector Agroalimentario Fomento Competitividad

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayuda directa de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo del Gobierno de La Rioja para reforzar la competitividad y el desarrollo económico del sector agroalimentario en la comunidad. Se tramita como concesión directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, con una dotación de 500.000 euros. El registro sitúa su vigencia entre julio de 2026 y abril de 2027.

02

Para quién

Empresas de cualquier tamaño vinculadas al sector agroalimentario en La Rioja: tanto grandes empresas como pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica.

03

Qué cubre

El registro la clasifica bajo "otras actuaciones de carácter económico" orientadas a la competitividad y el desarrollo del sector agroalimentario. No consta en el registro el detalle de gastos o actuaciones concretas subvencionables; conviene revisar la Orden EIE/87/2024 y la resolución de concesión para conocer el alcance exacto.

04

Cómo se pide

Al ser concesión directa, no hay convocatoria abierta con plazo de presentación: la ayuda se formaliza mediante resolución o convenio singular, según el procedimiento que determine la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo de La Rioja.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 abr 2027, es decir, quedan 222 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Empresas de cualquier tamaño vinculadas al sector agroalimentario en La Rioja: tanto grandes empresas como pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al ser concesión directa, no hay convocatoria abierta con plazo de presentación: la ayuda se formaliza mediante resolución o convenio singular, según el procedimiento que determine la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo de La Rioja.