Abierta Cierra en 30 días · 30 sept 2026

Programa de proyectos de inversión PYME (INP)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) para impulsar proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas y autónomos con actividad económica en la región. Se tramita como concesión directa, no por concurrencia competitiva, con una dotación de 7.000.000 de euros. Su marco regulador es la Orden EIE/12/2024, de 19 de marzo, de bases para mejorar la competitividad empresarial riojana, encuadrada en el sector industrial y energético. No está financiada con fondos Next Generation.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en La Rioja, especialmente en industria manufacturera, industrias extractivas, suministro de agua, saneamiento y gestión de residuos, comercio al por mayor, educación y actividades sanitarias y de servicios sociales.

03

Qué cubre

Apoya proyectos de inversión orientados a mejorar la competitividad de la empresa, mediante una subvención a fondo perdido (entrega dineraria sin contraprestación). El registro no detalla partidas de gasto concretas ni porcentaje de ayuda; conviene consultar las bases (Orden EIE/12/2024) para ver los conceptos financiables.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud finaliza el 30 de septiembre de 2026; el registro no recoge fecha de apertura. Al ser concesión directa, el procedimiento y la documentación los fija la propia Orden EIE/12/2024, tramitada ante la ADER.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…Comercio al por mayorEDUCACIÓNINDUSTRIA MANUFACTURERAINDUSTRIAS EXTRACTIVASSUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 30 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 7.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en La Rioja, especialmente en industria manufacturera, industrias extractivas, suministro de agua, saneamiento y gestión de residuos, comercio al por mayor, educación y actividades sanitarias y de servicios sociales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud finaliza el 30 de septiembre de 2026; el registro no recoge fecha de apertura. Al ser concesión directa, el procedimiento y la documentación los fija la propia Orden EIE/12/2024, tramitada ante la ADER.