Abierta Cierra en 221 días · 30 abr 2027

Resolución de 13/05/2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria plurianual de ayudas para incentivar la contratación de servicios de innovación y competitividad por las Pymes regionales. Cheque Inversión.

INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA (INFO) · REGIÓN DE MURCIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayudas plurianuales convocadas por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) para estimular la contratación de personal en pequeñas y medianas empresas. La convocatoria cuenta con una dotación máxima de 100.000€ y se rige por concurrencia competitiva, evaluando las solicitudes según criterios de solvencia y adecuación al programa regional de fomento económico. Está destinada a impulsar la creación de empleo en sectores estratégicos como la agricultura, las artes y los medios de comunicación.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollan actividad económica en la Región de Murcia, especialmente en sectores de agricultura, ganadería, artes, deporte, entretenimiento y medios de comunicación.

03

Qué cubre

Incentivos económicos para sufragar parcialmente los gastos de contratación de nuevo personal en empresas de los sectores elegibles.

04

Cómo se pide

La solicitud se regula según las bases de la Orden de 7 de mayo de 2024. Plazo: hasta el 30 de abril de 2027, según lo que establezcan las bases. Información y presentación en el registro oficial de la Región de Murcia.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…Actividades de apoyo a la agricultura, …ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 abr 2027, es decir, quedan 221 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollan actividad económica en la Región de Murcia, especialmente en sectores de agricultura, ganadería, artes, deporte, entretenimiento y medios de comunicación. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se regula según las bases de la Orden de 7 de mayo de 2024. Plazo: hasta el 30 de abril de 2027, según lo que establezcan las bases. Información y presentación en el registro oficial de la Región de Murcia.