Cerrada Hasta 10 sept 2026

Resolución por la que se abre el procedimiento de convocatoria pública para la concesión de ayudas por el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso 2026-2027

DEPARTAMENT D'EDUCACIÓ I FORMACIÓ PROFESSIONAL · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Generalitat de Catalunya, gestionada por el Departament d'Educació i Formació Professional, para repartir ayudas individuales al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el curso 2026-2027. Se tramita en concurrencia competitiva y suma una dotación total de 62.000.000 de euros. La norma de referencia es el Real Decreto 1721/2007, régimen general de becas y ayudas al estudio personalizadas; las bases propias detallan los conceptos financiables.

02

Para quién

Personas físicas sin actividad económica: en concreto, familias con hijos o hijas con necesidad específica de apoyo educativo escolarizados en Cataluña durante el curso 2026-2027.

03

Qué cubre

Una ayuda económica individual vinculada a la escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. El registro no detalla el desglose de conceptos financiables (material, refuerzo, transporte u otros); ese desglose lo fijan las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud va del 19 de mayo al 10 de septiembre de 2026. La solicitud se presenta ante el Departament d'Educació i Formació Professional de la Generalitat de Catalunya, siguiendo el procedimiento que fijen las bases de la convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas, recreativas y d…Educación

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 10 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 62.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas sin actividad económica: en concreto, familias con hijos o hijas con necesidad específica de apoyo educativo escolarizados en Cataluña durante el curso 2026-2027. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se presenta ante el Departament d'Educació i Formació Professional de la Generalitat de Catalunya, siguiendo el procedimiento que fijen las bases de la convocatoria.