Abierta Cierra en 11 días · 01 oct 2026

Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Vicepresidencia del Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz por la que se convocan ayudas para suministros mínimos vitales durante 2026.

AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ · BADAJOZ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda tramitada por el Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz para atender necesidades básicas de suministros esenciales del hogar de personas en situación de vulnerabilidad económica. Se enmarca en el Programa de Colaboración Económica Municipal para Suministros Mínimos Vitales 2026, impulsado por la Junta de Extremadura. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, con una dotación de 367.072,60 euros para el conjunto de la convocatoria.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de vulnerabilidad, dentro del término municipal de Badajoz.

03

Qué cubre

Suministros mínimos vitales del hogar (necesidades básicas de carácter social) de personas y familias en situación vulnerable, dentro de las actuaciones de servicios sociales y promoción social del ayuntamiento. El detalle concreto de conceptos financiables no consta en el registro; hay que consultarlo en las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta del 16 de mayo al 1 de octubre de 2026. La solicitud se tramita ante el Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz, según el procedimiento que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 oct 2026, es decir, quedan 11 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 367.073 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de vulnerabilidad, dentro del término municipal de Badajoz. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta del 16 de mayo al 1 de octubre de 2026. La solicitud se tramita ante el Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badajoz, según el procedimiento que fijen las bases reguladoras.