Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Resolución de 03/02/2026 del Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, asistido por la Junta de Gobierno Local, por la que se aprueba el Programa municipal de ayudas económicas a la rehabilitación y revitalización del casco histórico de la ciudad para 2026.

AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ · BADAJOZ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa municipal de ayudas gestionado por el Ayuntamiento de Badajoz mediante concesión directa, regulado por la Ordenanza General de Subvenciones local. Dirigido a personas físicas que no desarrollan actividad económica, con una dotación total de 250.000 euros. El plazo de solicitud se extiende desde el 12 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2026. El programa financia actuaciones de carácter económico, aunque las bases municipales especificarán los campos de aplicación concretos dentro de los sectores de actividades inmobiliarias, hostelería y otros servicios.

02

Para quién

Personas físicas residentes en el municipio de Badajoz que no ejerzan actividad económica, empresarial o profesional reglada. El programa también alcanza sectores específicos: actividades inmobiliarias, hostelería y otros servicios, siempre en condición de no profesional.

03

Qué cubre

Actuaciones de carácter económico en los ámbitos de inmobiliaria, hostelería y servicios diversos. El importe y alcance de cada ayuda, así como los conceptos subvencionables exactos, se regularán en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento y en las bases específicas que dicte el consistorio.

04

Cómo se pide

Solicitud según los plazos y procedimientos que establezcan las bases de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz. Plazo abierto desde el 12 de febrero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta agotamiento de crédito. Consulta directamente la ordenanza municipal o el registro de convocatorias del consistorio.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES INMOBILIARIASHOSTELERÍAOTROS SERVICIOSTRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 250.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas residentes en el municipio de Badajoz que no ejerzan actividad económica, empresarial o profesional reglada. El programa también alcanza sectores específicos: actividades inmobiliarias, hostelería y otros servicios, siempre en condición de no profesional. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud según los plazos y procedimientos que establezcan las bases de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Badajoz. Plazo abierto desde el 12 de febrero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, o hasta agotamiento de crédito. Consulta directamente la ordenanza municipal o el registro de convoca…