Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Resolución de 7 de mayo de 2026, del Presidente del ICECYL por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de creación de empresas en Comunidad de Castilla y León

INSTITUTO PARA LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León (ICECYL) dirigida a impulsar la puesta en marcha de nuevos negocios en la región. Se tramita como concesión directa, no por concurrencia competitiva, y cuenta con una dotación total de 6.600.000 euros para el conjunto de proyectos que se acojan a la convocatoria durante 2026. Las bases reguladoras están recogidas en la Orden EYH/201/2025, de 3 de marzo, de la Junta de Castilla y León.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ya han creado o van a crear una empresa en Castilla y León. La convocatoria no restringe a un sector concreto: abarca desde comercio, hostelería y turismo hasta industria, construcción, TIC o servicios profesionales, entre otros muchos.

03

Qué cubre

Apoyo económico a proyectos de creación de empresa mediante subvención a fondo perdido (entrega dineraria sin contraprestación). El brief no detalla partidas de gasto concretas ni el importe que corresponde a cada beneficiario; solo consta la dotación global de la convocatoria.

04

Cómo se pide

La convocatoria está vigente entre el 14 de mayo y el 31 de diciembre de 2026. Al ser concesión directa, el procedimiento y los plazos concretos los fija la resolución del ICECYL junto con la Orden EYH/201/2025.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…Actividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de construcción especializa…Actividades de creación artística y art…Actividades de descontaminación y otros…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…Actividades de intermediación para los …Actividades de servicios de intermediac…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 6.600.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ya han creado o van a crear una empresa en Castilla y León. La convocatoria no restringe a un sector concreto: abarca desde comercio, hostelería y turismo hasta industria, construcción, TIC o servicios profesionales, entre otros muchos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria está vigente entre el 14 de mayo y el 31 de diciembre de 2026. Al ser concesión directa, el procedimiento y los plazos concretos los fija la resolución del ICECYL junto con la Orden EYH/201/2025.