Abierta Cierra en 112 días · 30 dic 2026

convocatoria Seguros AGrarios 2026

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA · CANARIAS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias para facilitar la contratación de seguros agrarios combinados en explotaciones ganaderas del archipiélago. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran entre sí hasta agotar el crédito disponible. La convocatoria cuenta con una dotación de 3.387.801,48 euros y se ampara en el Decreto 235/1998, de 18 de diciembre, que regula este tipo de ayudas en la comunidad.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en el sector de la producción ganadera en Canarias.

03

Qué cubre

Sufraga parte del coste de la póliza de seguro agrario combinado contratada por el beneficiario para proteger su actividad ganadera frente a los riesgos cubiertos por el seguro. El porcentaje o importe concreto de la ayuda no consta en el registro; dependerá de lo que fijen las bases reguladoras y la propia convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo va del 28 de abril al 30 de diciembre de 2026. La solicitud se presenta ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria de Canarias, según el procedimiento que fijen las bases (Decreto 235/1998).

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Producción ganadera

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 dic 2026, es decir, quedan 112 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.387.801 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en el sector de la producción ganadera en Canarias. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo va del 28 de abril al 30 de diciembre de 2026. La solicitud se presenta ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria de Canarias, según el procedimiento que fijen las bases (Decreto 235/1998).