Abierta Cierra en 273 días · 31 may 2027

Resolución de 24 de abril de 2026 del Concejal delegado de Empresa, Turismo y Conocimiento por la cual se convoca concurso público para el otorgamiento de ayudas a las empresas para la contratación de personas en situación de desempleo

AYUNTAMIENTO DE MANRESA · MANRESA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas del Ayuntamiento de Manresa para impulsar la contratación de desempleados, financiado mediante los Fondos de Prestación de los Planes Locales de Ocupación de la Diputación. Dirigido a pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica que se comprometan a contratar personas en situación de desempleo. Se establece mediante concurso de concurrencia competitiva con una dotación total de 100.000 euros. El objetivo es fomentar la incorporación de trabajadores desempleados al mercado laboral mediante incentivos económicos.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas y personas físicas que desarrollan actividad económica y se comprometan a contratar personas en situación de desempleo.

03

Qué cubre

Subvención para la contratación de personas desempleadas. La ayuda financia la incorporación de estos trabajadores al mercado laboral mediante aportación económica a las empresas que realicen las contrataciones.

04

Cómo se pide

Presentación de solicitud conforme a las bases reguladoras de la convocatoria. Fecha límite 31 de mayo de 2027. Inicio de plazo y requisitos de presentación según bases de regulación.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 may 2027, es decir, quedan 273 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas y personas físicas que desarrollan actividad económica y se comprometan a contratar personas en situación de desempleo. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación de solicitud conforme a las bases reguladoras de la convocatoria. Fecha límite 31 de mayo de 2027. Inicio de plazo y requisitos de presentación según bases de regulación.