Abierta Cierra en 52 días · 22 oct 2026

Programa MEJORA 2026

INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM) · ARAGÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

El Programa MEJORA 2026 es una convocatoria de ayudas del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), dentro de sus líneas autonómicas de fomento del empleo en Aragón. Se resuelve por concurrencia competitiva -las solicitudes se valoran y priorizan entre sí hasta agotar el crédito- con una dotación conjunta de 2.200.000 euros para toda la convocatoria. Sus bases reguladoras se aprobaron mediante la Orden EEI/709/2024, de 21 de junio. No está financiada con fondos Next Generation EU.

02

Para quién

Pueden solicitarla pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en Aragón, en particular en sectores como actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; y actividades de los hogares como empleadores.

03

Qué cubre

El registro no detalla el concepto exacto de gasto subvencionable ni la cuantía individual por solicitante dentro del programa MEJORA del INAEM. La dotación de 2.200.000 euros corresponde al total repartido entre todas las solicitudes aprobadas en la convocatoria, no al importe de cada ayuda concreta.

04

Cómo se pide

El registro no recoge la fecha de apertura del plazo, pero sí su cierre: 22 de octubre de 2026. La solicitud se presenta según el procedimiento y la documentación que fije la convocatoria del INAEM, publicada en el Boletín Oficial de Aragón.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 22 oct 2026, es decir, quedan 52 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en Aragón, en particular en sectores como actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; y actividades de los hogares como empleadores. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro no recoge la fecha de apertura del plazo, pero sí su cierre: 22 de octubre de 2026. La solicitud se presenta según el procedimiento y la documentación que fije la convocatoria del INAEM, publicada en el Boletín Oficial de Aragón.