Abierta Cierra en 61 días · 30 oct 2026

Resolución de 24/04/2026, de la Dirección General de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2026 para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre. REG (UE) 2023/2831

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO · CASTILLA-LA MANCHA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha que reparte los créditos disponibles en 2026 para las subvenciones reguladas por el Decreto 103/2022, orientadas a facilitar el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y a impulsar su cualificación profesional. Se tramita como concesión directa, sin convocatoria en concurrencia competitiva, y cuenta con una dotación de 2.961.530 euros para el ejercicio.

02

Para quién

Pymes y personas físicas con actividad económica, y personas jurídicas sin actividad económica, de los sectores artístico-deportivo y de entretenimiento, edición y contenidos audiovisuales, y financiero-asegurador, en Castilla-La Mancha.

03

Qué cubre

Ayudas económicas para favorecer la contratación y el acceso al empleo de calidad de personas jóvenes, así como acciones de cualificación profesional; la dotación total asciende a 2.961.530 euros, sin que conste en el registro el importe por beneficiario.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha, dentro del plazo que fijen las bases reguladoras (Decreto 103/2022), entre mayo y octubre de 2026, con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 61 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.961.530 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas con actividad económica, y personas jurídicas sin actividad económica, de los sectores artístico-deportivo y de entretenimiento, edición y contenidos audiovisuales, y financiero-asegurador, en Castilla-La Mancha. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha, dentro del plazo que fijen las bases reguladoras (Decreto 103/2022), entre mayo y octubre de 2026, con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.