Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Convocatoria de Ayudas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte para Víctimas de Violencia de Género Correspondiente a 2026

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE · BOADILLA DEL MONTE · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda municipal de Boadilla del Monte destinada a financiar servicios de atención social y promoción social para víctimas de violencia de género. Convocada bajo régimen de concurrencia competitiva conforme a la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, con dotación de 29.135,09 euros. Beneficiarias: personas físicas sin actividad económica. La financiación cubre la prestación de servicios especializados de acogida, apoyo psicosocial, asesoramiento jurídico y programas de reinserción orientados a la recuperación y autonomía de las víctimas.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, víctimas de violencia de género residentes o con domicilio en Boadilla del Monte.

03

Qué cubre

Servicios sociales especializados: asistencia y apoyo psicosocial integral, acogida de emergencia, asesoramiento jurídico y social, formación y programas de reinserción laboral, promoción de autonomía e integración social, y otras prestaciones de servicios sociales dirigidas a garantizar la recuperación y atención de víctimas de violencia de género.

04

Cómo se pide

Plazo de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2026, según procedimiento, requisitos y lugar de presentación establecidos en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 29.135 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, víctimas de violencia de género residentes o con domicilio en Boadilla del Monte. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2026, según procedimiento, requisitos y lugar de presentación establecidos en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones.