Abierta Cierra en 62 días · 31 oct 2026

Convocatoria 2026: Subvenciones para Contratar Desempleados/as de Arrasate en Empresas del Municipio

AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN · ARRASATE/MONDRAGÓN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención directa del Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón destinada a facilitar la contratación de desempleados y desempleadas del municipio en empresas locales. Se trata de una convocatoria de concesión directa (no competitiva) con una dotación de 50.000 euros, regulada por la ordenanza municipal de subvenciones. El objetivo es reducir el desempleo local apoyando contrataciones en sectores administrativos, artísticos, deportivos y de contenidos.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en el municipio de Arrasate/Mondragón, especialmente en actividades administrativas y servicios auxiliares, artísticas, deportivas, de entretenimiento, y de producción o distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Financia total o parcialmente los costes derivados de la contratación de personas desempleadas del municipio, facilitando así su inserción laboral en empresas locales.

04

Cómo se pide

Presentación ante el Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón conforme al procedimiento de la ordenanza municipal. Plazo hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases en el portal municipal.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 62 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica en el municipio de Arrasate/Mondragón, especialmente en actividades administrativas y servicios auxiliares, artísticas, deportivas, de entretenimiento, y de producción o distribución de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación ante el Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón conforme al procedimiento de la ordenanza municipal. Plazo hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases en el portal municipal.