Abierta Cierra en 103 días · 11 dic 2026

Programa rehabilitación, mantenimiento y modernización polígonoes (PEL) mínimis

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas directas de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) para financiar obras de rehabilitación, conservación y modernización en polígonos industriales de la comunidad. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, y está sujeta al régimen de mínimis. La dotación asignada es de 600.000 euros, dentro del ámbito de Industria y Energía, al amparo de la Orden EIE/24/2024, de 22 de abril, de bases reguladoras de la ADER.

02

Para quién

Personas físicas y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, según consta en el registro de la convocatoria (no se especifican más requisitos de perfil en la ficha disponible).

03

Qué cubre

Actuaciones de rehabilitación, mantenimiento y modernización en polígonos industriales de La Rioja, dentro del ámbito de Industria y Energía. El importe total de la línea es de 600.000 euros; el registro no detalla cuantía máxima por proyecto ni porcentaje de subvención.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta directamente ante la ADER, sin concurrencia competitiva, hasta el 11 de diciembre de 2026 o hasta agotar la dotación. Conviene confirmar en su sede electrónica el modelo y la documentación exigida.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 11 dic 2026, es decir, quedan 103 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 600.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, según consta en el registro de la convocatoria (no se especifican más requisitos de perfil en la ficha disponible). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta directamente ante la ADER, sin concurrencia competitiva, hasta el 11 de diciembre de 2026 o hasta agotar la dotación. Conviene confirmar en su sede electrónica el modelo y la documentación exigida.