Abierta Cierra en 17 días · 16 sept 2026

Resol. de 17 de abril de 2026 por la que se convocan los Incentivos Programa 2 Espacios Productivos Linea 1 Ordend e 13 de marzo de 2025 Actuacion 1.2.3 Infraestructuras para el uso eficaz de los recursos y la protección ambiental.

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de incentivos de la Junta de Andalucía, gestionada por la Consejería de Industria, Energía y Minas, para impulsar la competitividad industrial y energética mediante actuaciones sobre espacios productivos. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 670.000 euros. Se enmarca en la Orden de 13 de marzo de 2025, sobre incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos.

02

Para quién

Pymes y personas físicas con actividad económica, así como personas jurídicas sin actividad económica, con proyectos en Andalucía. En el registro figuran, entre otros, los sectores de actividades administrativas y auxiliares de oficina, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y actividades financieras y de seguros.

03

Qué cubre

Incentivos ligados a la Actuación 1.2.3 (Línea 1, Programa 2 de Espacios Productivos), dentro del objetivo de mejorar la competitividad energética e industrial en Andalucía. El registro no detalla el porcentaje de ayuda ni la relación exhaustiva de gastos subvencionables; conviene consultarlo en el texto completo de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud, según consta en el registro, va del 16/06/2026 al 16/09/2026. La solicitud se presenta ante la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, siguiendo el procedimiento de la Orden de 13 de marzo de 2025.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades administrativas y auxiliare…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSActividades inmobiliarias por cuenta de…ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…Administración pública y defensa; segur…Alquiler de bienes inmobiliarios por cu…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 16 sept 2026, es decir, quedan 17 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 670.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas con actividad económica, así como personas jurídicas sin actividad económica, con proyectos en Andalucía. En el registro figuran, entre otros, los sectores de actividades administrativas y auxiliares de oficina, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y act… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud, según consta en el registro, va del 16/06/2026 al 16/09/2026. La solicitud se presenta ante la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, siguiendo el procedimiento de la Orden de 13 de marzo de 2025.