Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Subvención dirigida a financiar el programa de formación a la carta en empresas con carácter dual para 2026. Empresas agrícolas. Reg.(UE) 1408/2013. Resolución de 15/04/2026 del Presidente de la Comisión Ejecutiva de Formación para el Empleo de FAFECYL

FUNDACIÓN PARA EL ANCLAJE EMPRESARIAL Y LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda que convoca la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo de Castilla y León para costear formación "a la carta", diseñada según las necesidades de cada empresa y con una parte práctica en el propio puesto de trabajo (carácter dual), dirigida a empresas agrícolas durante 2026. Se enmarca en el programa Forcarem II, regulado por la Orden IEM/324/2026, de 30 de marzo. Es una concesión directa, sin concurrencia competitiva, con una dotación total de 2.666.666 euros.

02

Para quién

PYME y personas físicas que ejercen actividad económica en el sector agrícola, ganadero, forestal o pesquero en Castilla y León.

03

Qué cubre

Financia formación diseñada a medida para la plantilla de la empresa, combinando teoría y práctica en el propio puesto de trabajo (formación dual), dentro del programa Forcarem II para 2026.

04

Cómo se pide

La convocatoria figura vigente entre el 27 de abril y el 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, no hay concurrencia competitiva; la solicitud se tramita según el procedimiento que fije la Fundación conforme a la Orden IEM/324/2026.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.666.666 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que ejercen actividad económica en el sector agrícola, ganadero, forestal o pesquero en Castilla y León. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria figura vigente entre el 27 de abril y el 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, no hay concurrencia competitiva; la solicitud se tramita según el procedimiento que fije la Fundación conforme a la Orden IEM/324/2026.