Abierta Cierra en 60 días · 30 oct 2026

Convocatoria Pyme Innova 2026 - Cámara de Comercio de Ciudad Real

CÁMARA DE COMERCIO DE CIUDAD REAL · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

La Cámara de Comercio de Ciudad Real convoca esta línea de financiación dirigida a estimular la investigación, desarrollo e innovación en entidades empresariales de menor tamaño. Se trata de una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva con una dotación presupuestaria conjunta de 194.740 euros. Las ayudas buscan fortalecer la capacidad innovadora de emprendedores y microempresas de sectores clave en la provincia.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollan actividad económica en los sectores de actividades administrativas, artísticas, deportivas, entretenimiento, edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Financiación para proyectos de investigación, desarrollo e innovación empresarial que mejoren la competitividad y modernización de la actividad económica.

04

Cómo se pide

Convocatoria abierta desde el 22 de abril al 30 de octubre de 2026. La solicitud debe ajustarse a las bases y procedimiento establecido por la Cámara de Comercio de Ciudad Real según el plazo que fijen las bases oficiales.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 60 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 194.740 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollan actividad económica en los sectores de actividades administrativas, artísticas, deportivas, entretenimiento, edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Convocatoria abierta desde el 22 de abril al 30 de octubre de 2026. La solicitud debe ajustarse a las bases y procedimiento establecido por la Cámara de Comercio de Ciudad Real según el plazo que fijen las bases oficiales.