Abierta Cierra en 7 días · 30 oct 2026

Convocatoria Pyme Digital 2026 - Cámara de Comercio de Ciudad Real

CÁMARA DE COMERCIO DE CIUDAD REAL · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Esta convocatoria financia proyectos de transformación digital e innovación en pequeñas empresas. La Cámara de Comercio de Ciudad Real destina 254.660 euros mediante un proceso de concurrencia competitiva. Se busca impulsar la adopción de nuevas tecnologías y modelos de negocio en pymes de los sectores administrativo, artístico, deportivo y de contenidos digitales. El apoyo cubre la investigación, desarrollo e implementación de soluciones digitales innovadoras.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y trabajadores autónomos con actividad económica en los sectores administrativo, artístico, deportivo o de producción/distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Proyectos de investigación y desarrollo de soluciones digitales innovadoras, así como la implementación de nuevas tecnologías y procesos en la actividad empresarial.

04

Cómo se pide

Plazo hasta 30 de octubre de 2026. Solicitud a través de las bases de la convocatoria publicadas por la Cámara de Comercio de Ciudad Real.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 7 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 254.660 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y trabajadores autónomos con actividad económica en los sectores administrativo, artístico, deportivo o de producción/distribución de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo hasta 30 de octubre de 2026. Solicitud a través de las bases de la convocatoria publicadas por la Cámara de Comercio de Ciudad Real.