Abierta Cierra en 145 días · 12 feb 2027

(CHS) Cheque Innov. Seguridad (Reg.Minimis 2023/2831)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Cheque de Innovación en Seguridad es una ayuda que concede la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) mediante concesión directa, dentro del régimen de minimis, para impulsar proyectos de investigación, desarrollo e innovación relacionados con la seguridad entre pymes y autónomos riojanos. Se regula por la Orden EIE/69/2024, dentro del Programa Cheque de Innovación, y cuenta con una dotación de 395.000 euros para el conjunto de la convocatoria.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en La Rioja, principalmente de los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Financia parte de los costes de proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados a la seguridad, mediante la fórmula de cheque o bono directo. El importe concreto por beneficiario no consta en el registro; la dotación total del programa es de 395.000 euros.

04

Cómo se pide

La ayuda es de concesión directa; no se compite por convocatoria abierta ordinaria. El plazo se extiende hasta el 12/02/2027, según lo establecido en la Orden EIE/69/2024. La solicitud se tramita ante la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER).

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 12 feb 2027, es decir, quedan 145 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 395.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en La Rioja, principalmente de los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La ayuda es de concesión directa; no se compite por convocatoria abierta ordinaria. El plazo se extiende hasta el 12/02/2027, según lo establecido en la Orden EIE/69/2024. La solicitud se tramita ante la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER).