Abierta Cierra en 82 días · 11 dic 2026

(CHA) Cheque de innovación asistencia (Reg.Minimis 2023/2831)

AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Cheque de Innovación Asistencia es una ayuda de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) para apoyar la investigación, el desarrollo y la innovación en empresas riojanas. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, y se enmarca en el régimen de mínimis del Reglamento (UE) 2023/2831. El registro recoge una dotación global de 490.000 euros para el conjunto de la convocatoria; no consta el importe individual por beneficiario.

02

Para quién

Pueden solicitarlo grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en La Rioja, especialmente de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; industria manufacturera; y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento.

03

Qué cubre

Financia, mediante la fórmula de cheque (bono), servicios de asistencia y asesoramiento orientados a proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en la empresa. El registro no detalla el catálogo exacto de gastos ni el porcentaje de cobertura por expediente.

04

Cómo se pide

El registro marca el 11 de diciembre de 2026 como fecha límite. Al ser concesión directa, se tramita ante la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras del cheque.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …INDUSTRIA MANUFACTURERA

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 11 dic 2026, es decir, quedan 82 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 490.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarlo grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en La Rioja, especialmente de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; industria manufacturera; y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro marca el 11 de diciembre de 2026 como fecha límite. Al ser concesión directa, se tramita ante la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (ADER) según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras del cheque.