Abierta Cierra en 395 días · 30 sept 2027

Orden de 31 de marzo de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, destinadas a la obtención de avales de SAECA en el sector agroalimentario y pesquero.

SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria estatal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) que facilita el acceso a avales de SAECA, la sociedad estatal de caución agraria, para empresas y autónomos del sector agroalimentario y pesquero. Se tramita como concesión directa, al amparo del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, con una dotación de 2.500.000 euros. No es una ayuda a fondo perdido: el apoyo consiste en respaldar el aval que facilita el acceso a financiación.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector agrario, ganadero, forestal o pesquero (sector primario).

03

Qué cubre

Respalda, mediante concesión directa, la obtención de avales de SAECA que facilitan el acceso a financiación de empresas y autónomos del sector agroalimentario y pesquero, en el marco del Real Decreto 388/2021. El registro no detalla el porcentaje o importe máximo del aval por beneficiario.

04

Cómo se pide

El plazo lo fija la propia orden de convocatoria del MAPA. Al ser concesión directa vinculada a avales de SAECA, conviene revisar el texto oficial y las condiciones de SAECA antes de solicitar, pues el registro no detalla el procedimiento paso a paso.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2027, es decir, quedan 395 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector agrario, ganadero, forestal o pesquero (sector primario). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo lo fija la propia orden de convocatoria del MAPA. Al ser concesión directa vinculada a avales de SAECA, conviene revisar el texto oficial y las condiciones de SAECA antes de solicitar, pues el registro no detalla el procedimiento paso a paso.