Abierta Cierra en 25 días · 15 oct 2026

ACUERDO por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la revisión del planeamiento urbanístico por los Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia de población igual o inferior a 7.000 habitantes para el ejercicio 2026.

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Diputación Foral de Bizkaia para financiar, en régimen de concurrencia competitiva, la revisión del planeamiento urbanístico de los ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia. Se regula por el Decreto Foral 35/2025, de 10 de abril, que aprueba las bases reguladoras. La dotación total de esta convocatoria es de 1.200.000 euros, encuadrada en el área de infraestructuras municipales. No forma parte de los fondos Next Generation EU.

02

Para quién

Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia, en su condición de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, que necesiten acometer la revisión de su planeamiento urbanístico.

03

Qué cubre

Sufraga los trabajos de revisión del planeamiento urbanístico municipal, encuadrados en el área de infraestructuras. El registro de la convocatoria no detalla el desglose de partidas subvencionables ni el porcentaje de cofinanciación por expediente.

04

Cómo se pide

Convocatoria vigente entre el 31 de marzo y el 15 de octubre de 2026 (el plazo exacto de presentación lo fija el Decreto Foral 35/2025). Los ayuntamientos deben solicitarla ante la Diputación Foral de Bizkaia, por concurrencia competitiva.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Administración pública y defensa; segur…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 25 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Ayuntamientos del Territorio Histórico de Bizkaia, en su condición de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, que necesiten acometer la revisión de su planeamiento urbanístico. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Convocatoria vigente entre el 31 de marzo y el 15 de octubre de 2026 (el plazo exacto de presentación lo fija el Decreto Foral 35/2025). Los ayuntamientos deben solicitarla ante la Diputación Foral de Bizkaia, por concurrencia competitiva.