Abierta Cierra en 25 días · 15 oct 2026

Resolución Directora Gerente del SMS, por la que se convocan subvenciones para Inclusión socio laboral, de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en recuperación, PROGRAMA EUROVIDA SALUD MENTAL, FSE+, para 2026(subp.1.2,1.3,1.4,1.5)

S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD · REGIÓN DE MURCIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de ayudas del Servicio Murciano de Salud (SMS), dependiente de la Consejería de Salud de la Región de Murcia, dirigida a favorecer la incorporación laboral de personas con trastorno mental grave y/o con problemas de adicciones, dentro del programa Eurovida Salud Mental. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total convocada de 1.450.700 euros.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica, en particular las vinculadas a actividades sanitarias, que trabajen en la inclusión socio-laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones.

03

Qué cubre

Apoya la contratación e integración laboral de personas con enfermedad mental grave o en procesos de adicción, dentro del programa Eurovida Salud Mental del SMS. El registro no detalla el desglose de gastos subvencionables; la dotación total convocada es de 1.450.700 euros.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud finaliza el 15 de octubre de 2026 (no consta fecha de inicio en el registro). La presentación se realiza según el procedimiento y modelo que fijen las bases, a través de la sede electrónica del Servicio Murciano de Salud.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades sanitarias

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 25 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.450.700 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica, en particular las vinculadas a actividades sanitarias, que trabajen en la inclusión socio-laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud finaliza el 15 de octubre de 2026 (no consta fecha de inicio en el registro). La presentación se realiza según el procedimiento y modelo que fijen las bases, a través de la sede electrónica del Servicio Murciano de Salud.