Abierta Cierra en 71 días · 30 nov 2026

Resolución Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se convocan ayudas para el fomento de la natalidad y la adopción en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026.

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO · PRINCIPADO DE ASTURIAS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda económica del Principado de Asturias dirigida a familias que han tenido un hijo, una hija o han formalizado una adopción, dentro de las medidas autonómicas de apoyo a la natalidad. La concede la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo mediante concesión directa, sin concurrencia competitiva entre solicitantes. La convocatoria cuenta con una dotación total de 2.098.300 €, con cargo al presupuesto autonómico de 2026.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y que hayan tenido un nacimiento o formalizado una adopción en el Principado de Asturias, dentro del marco de esta convocatoria de apoyo a la natalidad y la adopción.

03

Qué cubre

Ayuda económica directa vinculada al nacimiento de un hijo o hija, o a la adopción formalizada. La cuantía concreta por beneficiario no consta en el registro consultado; solo se conoce la dotación total de la convocatoria (2.098.300 €), que se reparte conforme a lo que fijen las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

Al ser concesión directa, no hay concurrencia entre solicitudes. La convocatoria figura vigente del 1 de abril al 30 de noviembre de 2026; el procedimiento y el plazo exacto de presentación se fijan en las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.098.300 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y que hayan tenido un nacimiento o formalizado una adopción en el Principado de Asturias, dentro del marco de esta convocatoria de apoyo a la natalidad y la adopción. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al ser concesión directa, no hay concurrencia entre solicitudes. La convocatoria figura vigente del 1 de abril al 30 de noviembre de 2026; el procedimiento y el plazo exacto de presentación se fijan en las bases reguladoras.