Cerrada Hasta 07 ago 2026

Convocatoria para la concesión de ayudas a la consolidación de las sociedades cooperativas y las sociedades laborales

CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO · PRINCIPADO DE ASTURIAS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Principado de Asturias (Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo) para reforzar la viabilidad económica y la creación de empleo en cooperativas y sociedades laborales. Régimen de concurrencia competitiva con dotación total de 100.000 euros. Regulada por Resolución de 11 de mayo de 2023, impulsa la consolidación empresarial y el crecimiento en entidades de economía social.

02

Para quién

PYME y personas físicas autónomas que operen como cooperativas o sociedades laborales. Prioritarios en sectores de educación, reparación y mantenimiento de equipos, y servicios de intermediación empresarial.

03

Qué cubre

Consolidación patrimonial, mejora de la viabilidad económica y financiación de acciones para la generación y estabilización de empleo directo en cooperativas y sociedades laborales.

04

Cómo se pide

Plazo: hasta 7 de agosto de 2026. Presentación ante la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado de Asturias según procedimiento regulado en las bases oficiales.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades auxiliares a la educaciónActividades de intermediación para repa…Actividades de intermediación para serv…Actividades de intermediación para serv…Actividades de intermediación para serv…Actividades de reventa de telecomunicac…Actividades de servicios de intermediac…Intermediarios del comercio al por mayor

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 07 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas autónomas que operen como cooperativas o sociedades laborales. Prioritarios en sectores de educación, reparación y mantenimiento de equipos, y servicios de intermediación empresarial. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Presentación ante la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo del Principado de Asturias según procedimiento regulado en las bases oficiales.