Abierta Cierra en 46 días · 15 oct 2026

Convocatoria de subvenciones de fomento de las Prácticas no laborales en la Región de Murcia, para jóvenes beneficiarios del SNGJ de 2026. Reg. (UE)2023/2831 "Minimis"

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF) · REGIÓN DE MURCIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención de fomento de prácticas no laborales en la Región de Murcia dirigida a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil de 2026. Convocada por el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación de 232.400 euros. Se rige por la Orden de 14 de mayo de 2024, que establece las bases reguladoras para fomentar la experiencia práctica y la inserción laboral juvenil.

02

Para quién

Grandes empresas, pymes, personas físicas que desarrollan actividad económica, y personas jurídicas sin actividad económica. Aplica a sectores administrativos, artísticos, deportivos y de edición/radiodifusión/contenidos.

03

Qué cubre

Financia prácticas no laborales para jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, facilitando experiencia laboral directa en empresas de la Región de Murcia.

04

Cómo se pide

Plazo según establezcan las bases. Se solicita ante el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de Murcia. Cierre: 15 de octubre de 2026.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 46 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 232.400 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, pymes, personas físicas que desarrollan actividad económica, y personas jurídicas sin actividad económica. Aplica a sectores administrativos, artísticos, deportivos y de edición/radiodifusión/contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo según establezcan las bases. Se solicita ante el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de Murcia. Cierre: 15 de octubre de 2026.