Abierta Cierra en 91 días · 30 nov 2026

Bases reguladoras y convocatoria 2026 de las subvenciones para la promoción de nuevas empresas.

AYUNTAMIENTO DE OÑATI · OÑATI · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas convocado por el Ayuntamiento de Oñati destinado a fomentar el empleo mediante la promoción y apoyo de nuevas iniciativas empresariales. Se rige por concurrencia competitiva y dispone de una dotación total de 30.000 euros para distribuir entre los proyectos seleccionados. Estas ayudas forman parte de una estrategia local de dinamización económica dirigida a emprendedores y pequeñas empresas que deseen iniciar su actividad en el municipio.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollan o deseen desarrollar una actividad económica. Especialmente dirigido a proyectos en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas y deportivas, y actividades de edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Promoción y apoyo financiero a nuevas empresas con la finalidad de generar empleo local y dinamizar la economía del municipio de Oñati.

04

Cómo se pide

Las solicitudes deben presentarse según el plazo que fijen las bases reguladoras. La convocatoria permanece abierta hasta el 30 de noviembre de 2026. Consulta las bases reguladoras en el Ayuntamiento de Oñati para ampliar información sobre requisitos específicos, documentación requerida y procedimiento exacto de presentación.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 91 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 30.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollan o deseen desarrollar una actividad económica. Especialmente dirigido a proyectos en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas y deportivas, y actividades de edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Las solicitudes deben presentarse según el plazo que fijen las bases reguladoras. La convocatoria permanece abierta hasta el 30 de noviembre de 2026. Consulta las bases reguladoras en el Ayuntamiento de Oñati para ampliar información sobre requisitos específicos, documentación requerida y procedimiento exacto de prese…