Abierta Cierra en 46 días · 15 oct 2026

Programa de Subvenciones de Cuota Cero Ampliada. Reg. (UE) n.º 2023/2831

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF) · REGIÓN DE MURCIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de subvenciones autonómica del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de la Región de Murcia, encuadrada en el fomento del empleo y conocida como "Cuota Cero Ampliada". Se tramita por concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y comparan entre sí según las bases reguladoras (Orden de 8 de febrero de 2023 del SEF). La convocatoria cuenta con una dotación total de 5.900.000 €, repartida entre las solicitudes aprobadas, no como importe individual garantizado por beneficiario.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan una actividad económica (autónomos) en la Región de Murcia. El registro no restringe por sector de actividad: abarca prácticamente todo el tejido productivo, desde industria, construcción y comercio hasta hostelería, servicios profesionales, TIC, sanidad o educación, entre otros muchos recogidos en la convocatoria.

03

Qué cubre

Subvención y entrega dineraria sin contraprestación: ayuda económica directa, no vinculada a la compra de un producto o servicio concreto, dentro de una línea de fomento del empleo. El registro no detalla el importe individual por beneficiario ni el gasto subvencionable exacto; solo consta la dotación total de la convocatoria, 5.900.000 €, sujeta a las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

La ficha registra como fecha límite el 15 de octubre de 2026; no consta fecha de inicio del plazo. La solicitud se presenta ante el SEF de la Región de Murcia, según el procedimiento que detallen las bases reguladoras y la propia convocatoria.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 46 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 5.900.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan una actividad económica (autónomos) en la Región de Murcia. El registro no restringe por sector de actividad: abarca prácticamente todo el tejido productivo, desde industria, construcción y comercio hasta hostelería, servicios profesionales, TIC, sanidad o e… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La ficha registra como fecha límite el 15 de octubre de 2026; no consta fecha de inicio del plazo. La solicitud se presenta ante el SEF de la Región de Murcia, según el procedimiento que detallen las bases reguladoras y la propia convocatoria.