Cerrada Hasta 31 jul 2026

Subvenciones Concurrencia 2026

AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR · ROQUETAS DE MAR · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva que gestiona el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), dentro de su programa municipal de ayudas para 2026. Al ser concurrencia competitiva, las solicitudes se valoran y puntúan entre sí según los criterios que fijen las bases, no por orden de llegada. La dotación total registrada es de 276.500 euros. El registro no detalla el objeto concreto de la ayuda, clasificada de forma genérica como prestación económica, por lo que conviene revisar las bases reguladoras antes de solicitarla.

02

Para quién

Pueden optar personas físicas y jurídicas que no desarrollan actividad económica, y pymes y personas físicas con actividad económica, principalmente de los sectores de otros servicios y de transporte y almacenamiento, con actividad en Roquetas de Mar (Almería).

03

Qué cubre

El registro clasifica la ayuda de forma genérica como «otras prestaciones económicas», sin detallar el objeto concreto (gastos, proyectos o actividades subvencionables). La dotación total de la convocatoria es de 276.500 euros; conviene consultar las bases reguladoras para conocer el destino exacto de la ayuda.

04

Cómo se pide

El plazo registrado va del 2 de febrero al 31 de julio de 2026. La solicitud se presenta según el procedimiento y la documentación que establezcan las bases reguladoras, disponibles en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

OTROS SERVICIOSTRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 31 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 276.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar personas físicas y jurídicas que no desarrollan actividad económica, y pymes y personas físicas con actividad económica, principalmente de los sectores de otros servicios y de transporte y almacenamiento, con actividad en Roquetas de Mar (Almería). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se presenta según el procedimiento y la documentación que establezcan las bases reguladoras, disponibles en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería).