Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Subvenciones 2026 Impulso Actividad Económica en el Municipio

AYUNTAMIENTO DE MARTORELL · MARTORELL · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas del Ayuntamiento de Martorell con dotación de 100.000 EUR destinado a impulsar la actividad económica e incentivar la creación de empleo en el municipio. Se convoca en régimen de concurrencia competitiva, donde la resolución y concesión dependen del mérito de las solicitudes presentadas. La convocatoria se regula conforme a las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Impulso de la Actividad Económica en el Municipio de Martorell.

02

Para quién

PYME (pequeñas y medianas empresas) y personas físicas que desarrollen actividad económica en el municipio de Martorell. Incluye emprendedores y organizaciones empresariales locales.

03

Qué cubre

La subvención financia iniciativas dirigidas al fomento del empleo y al impulso de la actividad económica local, según lo establecido en las Bases Reguladoras. El contenido y criterios específicos de elegibilidad se detallan en la convocatoria publicada por el Ayuntamiento.

04

Cómo se pide

Solicitar entre el 23 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Procedimiento definido en las Bases Reguladoras del Ayuntamiento de Martorell. Contacta directamente con el Ayuntamiento para detalles de tramitación, documentación y forma de presentación.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de organizaciones empresari…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME (pequeñas y medianas empresas) y personas físicas que desarrollen actividad económica en el municipio de Martorell. Incluye emprendedores y organizaciones empresariales locales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitar entre el 23 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Procedimiento definido en las Bases Reguladoras del Ayuntamiento de Martorell. Contacta directamente con el Ayuntamiento para detalles de tramitación, documentación y forma de presentación.