Abierta Cierra en 93 días · 01 dic 2026

Bases reguladoras préstamos directos 2026, concurrencia no competitiva, REG (UE) 651/2014

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de préstamos directos que el IGAPE (Instituto Gallego de Promoción Económica) pone en marcha para financiar proyectos empresariales en Galicia durante 2026. El régimen es de concurrencia no competitiva y las operaciones se acogen al Reglamento (UE) 651/2014, de exención por categorías, sin necesidad de notificación previa a la Comisión Europea. Las bases reguladoras se aprobaron por Resolución de 30 de diciembre de 2025 y la dotación conjunta anunciada es de 60.000.000 €.

02

Para quién

Empresas de cualquier tamaño (incluida la gran empresa), pymes y personas físicas que ejerzan una actividad económica en Galicia. La convocatoria no restringe por sector: cubre prácticamente toda la actividad económica, desde industria y construcción hasta comercio, hostelería, servicios profesionales, sanitarios, financieros o culturales.

03

Qué cubre

Financia mediante préstamo (no es una subvención a fondo perdido) proyectos empresariales en Galicia. El registro no detalla el importe máximo por operación ni el destino concreto de los fondos; consta una dotación conjunta de 60.000.000 € para el conjunto de la línea.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta entre el 26 de enero y el 1 de diciembre de 2026, según consta en el registro. La solicitud se tramita ante el IGAPE siguiendo el procedimiento que fijen sus bases reguladoras (Resolución de 30 de diciembre de 2025).

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 dic 2026, es decir, quedan 93 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 60.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Empresas de cualquier tamaño (incluida la gran empresa), pymes y personas físicas que ejerzan una actividad económica en Galicia. La convocatoria no restringe por sector: cubre prácticamente toda la actividad económica, desde industria y construcción hasta comercio, hostelería, servicios profesiona… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta entre el 26 de enero y el 1 de diciembre de 2026, según consta en el registro. La solicitud se tramita ante el IGAPE siguiendo el procedimiento que fijen sus bases reguladoras (Resolución de 30 de diciembre de 2025).