Abierta Cierra en 93 días · 01 dic 2026

Bases reguladoras préstamos directos 2026, concurrencia no competitiva, mínimis agrícola

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de préstamos directos gestionado por el Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) para financiar actividad económica de empresas en Galicia. Se trata de una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva con una dotación total de 250.000 euros. Las bases reguladoras se aprueban por Resolución del IGAPE de 30 de diciembre de 2025, y la convocatoria permanece abierta desde el 26 de enero hasta el 1 de diciembre de 2026.

02

Para quién

Grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica con domicilio o sede en Galicia, específicamente en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y actividades de edición, radiodifusión, producción y distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Préstamos directos para la financiación empresarial. El programa proporciona acceso a crédito para apoyar la actividad económica de las empresas beneficiarias en el territorio gallego.

04

Cómo se pide

Solicitud según el plazo que fijen las bases durante el periodo 26 de enero - 1 de diciembre de 2026. Tramitación ante el IGAPE en régimen de concurrencia competitiva conforme a la Resolución de 30 de diciembre de 2025.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 dic 2026, es decir, quedan 93 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 250.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica con domicilio o sede en Galicia, específicamente en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y actividades de edición, radiodifusión, pr… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud según el plazo que fijen las bases durante el periodo 26 de enero - 1 de diciembre de 2026. Tramitación ante el IGAPE en régimen de concurrencia competitiva conforme a la Resolución de 30 de diciembre de 2025.