Abierta Cierra en 93 días · 01 dic 2026

Bases reguladoras préstamos directos 20206, concurrencia no competitiva, mínimis general

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) pone en marcha una línea de préstamos directos para financiar la actividad empresarial en Galicia, aprobada por la Resolución de 30 de diciembre de 2025 que fija sus bases reguladoras. Se trata de financiación sujeta al régimen de mínimis, con una dotación conjunta registrada de 2.000.000 €. Está pensada para empresas gallegas, grandes y pequeñas, y para autónomos que necesiten reforzar su liquidez o su capacidad inversora.

02

Para quién

Pymes, autónomos con actividad económica y grandes empresas radicadas en Galicia; el registro señala especialmente los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas y de ocio, y edición, radiodifusión y producción de contenidos, aunque no se limita a ellos.

03

Qué cubre

Financiación mediante préstamo directo del Igape para necesidades de la actividad empresarial (liquidez, inversión u otras finalidades económicas), concedida bajo el régimen de mínimis; la dotación conjunta registrada asciende a 2.000.000 €. Las bases no detallan el importe máximo por beneficiario ni el destino concreto del préstamo.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta del 26 de enero al 1 de diciembre de 2026, aunque el Igape puede cerrarla antes si se agota el crédito disponible. La solicitud se tramita a través de la sede electrónica del Igape, según el procedimiento que fijen sus bases.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 dic 2026, es decir, quedan 93 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes, autónomos con actividad económica y grandes empresas radicadas en Galicia; el registro señala especialmente los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas y de ocio, y edición, radiodifusión y producción de contenidos, aunque no se limita a ellos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta del 26 de enero al 1 de diciembre de 2026, aunque el Igape puede cerrarla antes si se agota el crédito disponible. La solicitud se tramita a través de la sede electrónica del Igape, según el procedimiento que fijen sus bases.