Abierta Cierra en 30 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras Galicia Exporta Empresas 2026, cofinanciada FEDER, concurrencia no competitiva, mínimis agrícola

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa autonómico del Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) destinado a financiar acciones de promoción y posicionamiento en mercados internacionales. Cofinanciado por fondos FEDER, suma una dotación de 225.000 euros en régimen de concurrencia competitiva. Dirigido a PYME y autónomos gallegos de sectores específicos que busquen desarrollar estrategias de comercialización exterior y acceder a nuevas oportunidades de negocio en el extranjero.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica en Galicia, en particular de sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, así como edición, radiodifusión y distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Acciones de promoción, marketing y posicionamiento comercial en mercados internacionales; participación en eventos, ferias y misiones comerciales; asesoramiento especializado en internacionalización y estudios de mercado exterior.

04

Cómo se pide

Solicitud desde 28 de enero hasta 30 de septiembre de 2026 según las bases reguladoras publicadas por IGAPE. Tramitación a través de los cauces y documentación especificados en la resolución oficial.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 30 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 225.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica en Galicia, en particular de sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, así como edición, radiodifusión y distribución de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud desde 28 de enero hasta 30 de septiembre de 2026 según las bases reguladoras publicadas por IGAPE. Tramitación a través de los cauces y documentación especificados en la resolución oficial.