Abierta Cierra en 31 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras STARTUPS 2026, concurrencia no competitiva, mínimis agrícola

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) convoca ayudas directas dirigidas a startups y empresas para impulsar iniciativas de investigación, desarrollo e innovación tecnológica. La dotación máxima es de 40.000€ por beneficiario. Se trata de un régimen de concurrencia competitiva donde se evalúan los proyectos conforme a criterios de innovación, viabilidad e impacto económico. La convocatoria se rige por la Resolución de 30 de diciembre de 2025, que establece las bases reguladoras y los requisitos de elegibilidad específicos para cada línea de apoyo.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollen actividad económica registrada, con especial énfasis en empresas del sector administrativo y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas, de entretenimiento, así como de edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Proyectos de investigación, desarrollo e innovación que generen transferencia tecnológica, nuevos productos, procesos o servicios, o mejoras significativas en los existentes dentro del territorio de Galicia.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación está abierto desde el 28 de enero hasta el 30 de septiembre de 2026. Las solicitudes se tramitan según las bases reguladoras publicadas. Consulta la Resolución de 30 de diciembre de 2025 en el DOG (Diario Oficial de Galicia) para los procedimientos exactos, documentación requerida y criterios de evaluación.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollen actividad económica registrada, con especial énfasis en empresas del sector administrativo y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas, de entretenimiento, así como de edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación está abierto desde el 28 de enero hasta el 30 de septiembre de 2026. Las solicitudes se tramitan según las bases reguladoras publicadas. Consulta la Resolución de 30 de diciembre de 2025 en el DOG (Diario Oficial de Galicia) para los procedimientos exactos, documentación requerida y criterios …